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PAGOS PROVISIONALES Y ANUALES

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Los pagos provisionales del ISR son, por decirlo de alguna manera, anticipos que uno hace al Fisco, para llegar al pago anual, con menor presión impositiva y financiera.

Los pagos provisionales deben ser realizados mensualmente. Además, se debe presentar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

Pagos provisionales de ISR para Personas Físicas

Las personas físicas están obligadas a pagar mensualmente ISR en forma de pago provisional. Esto tiene un doble objetivo:

  1. El SAT se asegura de recaudar ISR anticipadamente
  2. El contribuyente paga únicamente una diferencia u obtiene devolución por saldo a favor tras la presentación de la declaración anual de ISR.

De esta manera, a continuación veremos detalles puntuales sobre el pago de ISR provisional para personas físicas.

¿Cómo Calcular el pago provisional?

Para calcular el pago provisional del impuesto sobre la renta, se debe hacer lo siguiente:

  • Calcular la utilidad o ganancia: al total de ingresos obtenidos en el periodo, se le deben restar las deducciones o gastos correspondientes al mismo periodo.
    • Al resultado se le debe restar las pérdidas fiscales de años anteriores que no haya disminuido.
    • Obtenido este resultado, se le debe aplicar la tarifa y tabla de los artículos 96 y 97 respectivamente de la Ley del Impuesto sobre la Renta que corresponda según el período de pago. (Vea todas las tablas de ISR)
    • Al monto final, se le debe restar los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo año, así como las retenciones del impuesto sobre la renta.

    Deducciones autorizadas

    • Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre venta
    • Compra de materia prima, productos semiterminados, o terminados que utilice para prestar servicios, fabricar bienes o para venderlos.
    • Gastos necesarios para ejercer su actividad empresarial
    • Inversiones

    Presentación de los pagos provisionales y definitivos ¿Quiénes están obligados?

    Los obligados a presentar pagos provisionales de ISR en el régimen general son las personas físicas que perciban ingresos derivados de la realización de actividades empresariales o por haber prestado servicios profesionales. Asimismo, estarán obligadas las personas físicas que residen en el extranjero y que tienen uno o varios establecimientos permanentes en el país.

    Las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a $2'421,720.00; las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obtenido en dicho ejercicio ingresos inferiores a $415,150.00, así como las personas físicas que inicien actividades y que estimen que sus ingresos en el ejercicio serán hasta por dichas cantidades, tendrán que hacer pagos provisionales, definitivos o del ejercicio, incluyendo retenciones, de conformidad con el siguiente procedimiento:

    Acudirán, de preferencia con previa cita, ante cualquier ALSC en donde recibirán orientación, para lo cual, es necesario que dichos contribuyentes:

    • Llenen previamente la hoja de ayuda denominada "Bitácora de Declaraciones y Pagos" que se da a conocer en la página de Internet del SAT.
    • Proporcionen la información que se requiera para realizar la declaración de que se trate.

    Cuando exista cantidad a pagar por cualquiera de las obligaciones fiscales manifestadas, el acuse de recibo electrónico contendrá el importe total a pagar y la línea de captura a través de la cual se efectuará el pago, así como la fecha de vigencia de la línea de captura.

    El importe a se enterará en la ventanilla bancaria de las instituciones de crédito autorizadas. Allí se recibirá el "Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales".

    Se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar los pagos provisionales o definitivos en los términos de las disposiciones fiscales, cuando hayan presentado la información por los impuestos declarados y hayan efectuado el pago.

    PAGOS ANUALES

    1. Reconoce los impuestos a pagar

    Algunos de estos impuestos son de carácter nacional, como el impuesto de renta, que grava las utilidades anuales de la empresa, o el impuesto a las ventas, que debes pagar de manera bimestral o cuatrimestral en caso de que vendas productos que están gravados con el IVA o que prestes algún servicio.

    Es importante que antes de pagar el impuesto de ventas, revises cuáles son los bienes y servicios que están exentos o excluidos del IVA. Para esto, puedes buscar asesoría en la DIAN, que es el ente encargado de recaudar este impuesto.

    2. Reconoce los impuestos de carácter regional

    Trámites como el pago del impuesto de industria y comercio deben realizarse directamente con las entidades encargadas en el departamento.

    Este impuesto deben pagarlo todas aquellas personas naturales o jurídicas que realicen actividades industriales, comerciales o de servicios. Es esencial que reconozcas el carácter regional o nacional de los impuestos para ahorrarte confusiones.

    3. Ten los papeles en orden

    Cada trámite requiere de un papeleo específico, por eso, debes tener todos los papeles y permisos al día, y presentarlos en el momento en que realices el trámite. Ante cualquier duda, comunícate oportunamente con la entidad recaudadora.

    4. No olvides los plazos

    Recuerda que dichos trámites deben ser realizados en unas fechas específicas. Ten en cuenta que no pagar en las fechas establecidas puede acarrearte sanciones.

    5. No evadas las responsabilidades

    Esto puede generarte multas o sanciones. Además, este tipo de actuaciones producen desconfianza en inversionistas, clientes, proveedores o aliados estratégicos, que buscan empresas responsables y estables para generar negocios.

    Con esta guía queremos que enfrentes los trámites con seguridad y tranquilidad. Sin embargo, ante cualquier duda comunícate con las entidades competentes, pues son ellas las que pueden aclararte dudas puntuales y evitarte problemas a futuro.

    Como recomendación final, queremos recalcar la importancia de una buena planeación. Antes de que acabe el año, tómate un tiempo para revisar los papeles, hacer cuentas y tener todo en orden de cara a los trámites del año que viene.


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